viernes, 14 de mayo de 2010
Recorriendo América en Lucha!! Parte 3
Continúa la movilización en Ecuador contra la privatización del agua y también la represión del gobierno contra las organizaciones indígenas y populares.
Ecuador: UN MAR DE RESISTENCIAS x EL AGUA
La lucha continúa… 11 de mayo, 2010
Los movimientos sociales de Ecuador siguen en conflicto por la defensa del agua, multiplicando la “Movilización Plurinacional en defensa del Agua,
Desde el viernes 7 de mayo, como se había acordado, hasta el día 10 de mayo se fortalecieron las luchas en las diferentes provincias del interior del país, sumándose a los cortes de ruta Cañar, Chimborazo y Tungurahua. Hoy, martes 11 de mayo, representantes de las organizaciones indígenas y campesinas participan de una reunión con Fernando Cordero (Presidente de
Terminada la reunión se realiza una asamblea en el Parque El Arbolito, primero las/os compañeras/os informan que los cambios al Informe no contemplan sus reivindicaciones, se entiende que se trata de una burla al movimiento. El texto presentado será el que
Luego se realizó una puesta a punto de las situaciones del conflicto en cada región, discutiendo y decidiendo cómo continuar la lucha a nivel nacional. Se acuerda fortalecer las bases para lograr un bloqueo de rutas en todo el país a partir de esta noche y el jueves 13 de mayo concentrarse en
Cabe destacar que la fuerte represión por parte del gobierno y las Fuerzas Armadas continúa, con órdenes de detención para los/as dirigentes/as que se encuentren en los cortes de ruta y dos nuevos detenidos en González Suárez, Provincia de Imbabura (noticia que se recibió durante la asamblea de organizaciones).
Las organizaciones populares están dispuestas a redoblar la lucha y se espera, por las acciones que hasta ahora ha tomado el gobierno, que la represión se recrudezca…
“(…) Sin ley o con ley, jamás permitiremos que nuestros recursos naturales sean robados, continuaremos defendiendo nuestras riquezas, además, no nos comprarán con frecuencias, ni borregos, ni con bombas ni con balas, afirmó.” (Delfin Tenesaca, presidente de
Natalia y Cecilia
Quito, 11 de mayo, 2010
ANEXOS:
Derecho Humano al Agua
Nueve Aspectos Que Debe Contemplar
(Nudos Críticos)
PRIMERO: Servicios Ambientales.- La ley debe prohibir toda forma de servicio ambiental sobre el agua y los ecosistemas asociados al ciclo hidrológico, pues la utilización de la figura de servicios ambientales permite la privatización del agua (páramos, bosques, humedales, pantanos y fuentes de agua).
SEGUNDO: Orden de prelación de los destinos y funciones del agua.- La ley debe respetar la prelación constitucional del agua establecida en el Art. 318 de
Para el caso de los usos productivos del agua (hidroeléctricas, minería, industrial), la ley debe respetar lo establecido en el Art. 15 de
TERCERO: Derechos de
CUARTO: Derecho humano al agua, alcance y exigibilidad. – La ley debe garantizar el derecho humano al agua en todas sus formas, esto es:
1. Establecer un mínimo vital gratuito que garantice el agua de consumo humano y uso doméstico, cumpliendo con lo dispuesto en el Art. 3, numeral 1, que dice “Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en
2. Garantizar el derecho al agua que permita la producción de alimentos que promueva la soberanía alimentaria.
3. Garantizar las formas culturales de uso del agua de conformidad a los derechos colectivos de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas establecido en el Art. 57 de
4. Asegurar el derecho al agua, la alimentación y la educación, lo que garantizará el ejercicio del derecho a la salud.
QUINTO: Fondo del Agua.- La ley debe contemplar un fondo de agua dentro del presupuesto de
SEXTO: Institucionalidad del agua.- Cumpliendo lo dispuesto en
SEPTIMO: Desprivatización, acaparamiento, y redistribución.
1. La ley debe prohibir toda forma de privatización del agua.
2. La ley debe establecer los mecanismos para proceder a la desprivatización de la gestión del agua, cumpliendo lo establecido en
3. La ley debe establecer mecanismos para revertir las concesiones de agua que provoquen concentración o acaparamiento.
OCTAVO: La ley debe contemplar el derecho al consentimiento previo, libre e informado de las comunidades pueblos y nacionalidades sobre planes y programas de prospección, explotación y comercialización de recursos no renovables que se encuentren en sus tierras y que puedan afectarles ambiental o culturalmente conforme a lo establecido en el Art. 57, numeral 7 de
NOVENO:
Quito, a 30 de abril de 2010
CONAIE- ECUARUNARI
CDES
IEDECA
ISP-PROYECTO ANDINO
Fuente: www.conaie.org
No Response to "Recorriendo América en Lucha!! Parte 3"
Leave A Reply